Pedir Indemnización por denuncia falsa: Cómo actuar

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Indemnización por denuncia falsa

En el artículo de hoy, en nuestro despacho de abogados en Castellón de la Plana, abordará el tema de cómo pedir indemnización por denuncia falsa. Exploraremos los pasos legales necesarios para reclamar compensación por los daños y perjuicios sufridos como resultado de una denuncia falsa. Acompáñanos en este análisis jurídico para conocer tus derechos y las opciones disponibles para obtener la justa reparación.

La interposición de una denuncia o querella falsa por violencia de género o por cualquier otro delito puede salir muy caro puesto que el denunciante puede enfrentarse a duras penas. A pesar de ello, el número de este tipo de denuncias se ha visto incrementado, así pues, ¿qué podemos perder sí se nos ocurre interponer una denuncia basada en una mentira? ¿Qué podemos hacer si alguien nos imputa falsamente la comisión de unos hechos que no hemos cometido?

Desde nuestro despacho de abogados te explicamos todo lo que debes saber sobre este tema a continuación:

¿Qué es el delito por denuncia falsa y qué consecuencias conlleva?

El delito por denuncia falsa viene establecido en el artículo 456 del Código Penal, que nos dice varias cosas:


En primer lugar, que se podrá condenar y sancionar por la comisión de este delito a toda persona que, siendo consciente de la falsedad de la denuncia o con temerario y manifiesto desprecio por la verdad, acuse a otra “ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación” de la comisión de unos hechos constitutivos de delito que en realidad el imputado no ha llevado a cabo.

Se menciona a continuación, que la pena por denuncia falsa será de:

  • Pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.
  • Pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.
  • Pena de multa de tres a seis meses, si se imputara un delito leve.

Finalmente, se nos da la importante pauta de que, para poder imputar al denunciante/acusador por denuncia falsa, deberá haber recaído sentencia o auto firme, o sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal conocedor, sobre los hechos «falsos»; y serán dichos Jueces o Tribunales conocedores quienes «mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido».

Diferencia entre denuncia falsa y simulación de delito

El artículo 457 del mismo Código, establece que “El que, ante alguno de los funcionarios señalados en el artículo anterior, simulare ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente, provocando actuaciones procesales, será castigado con la multa de seis a doce meses

Así pues, ¿cuál es la diferencia entre el delito de simulación de este artículo y el delito de denuncia falsa que hemos visto en el punto anterior?

Pues, si bien existen diversas similitudes, no pueden confundirse puesto que existe una diferencia primordial, la denuncia falsa acusa concretamente a alguien a sabiendas de la inocencia de dicho sujeto con intención de causarle un daño al susodicho, mientras que, en la simulación no se acusa a una persona determinada; e incluso la pena que conlleva cada uno de estos delitos es también diferente, pues la denuncia falsa se castiga en función de la gravedad del delito que se le ha imputado al inocente y puede llegar a ser de prisión + multa, mientras que la pena por la simulación es única y meramente de multa.

Plazo para denunciar por denuncia falsa.

Los plazos de prescripción de los delitos, inclusive el que nos ocupa, vienen determinados en el artículo 131 del Código Penal, que formula una escala de plazos en función de las penas de los delitos, siendo, para el caso de las denuncias falsas, de 5 años en el caso de imputar delito grave y de 1 año en caso de imputar un delito leve o un delito de injurias y calumnias.

Además, nos señala el mismo artículo en sus siguientes apartados que: “Si la pena señalada por la ley para el delito de acusación y denuncia falsa fuere compuesta, se estará, para la aplicación de las reglas comprendidas en este artículo, a la que exija mayor tiempo para la prescripción. […]. En los supuestos de concurso de infracciones o de infracciones conexas, el plazo de prescripción será el del delito con la pena más grave”.

Por otro lado, el artículo 132 nos indica que:

  • El plazo previsto para la prescripción del delito de denuncia falsa computará desde el día en que se hubo cometido la infracción punible, osease desde que se interpuso la denuncia falsa.
  • El plazo de prescripción se verá interrumpido en el momento en que se dirija el procedimiento contra persona responsable en base a indicios. Volverá a correr el tiempo en caso de paralización del procedimiento o terminación del mismo sin condena.
  • El plazo de prescripción se verá suspendido por un plazo máximo de 6 meses cuando se presente una querella o denuncia, por delito de acusación y denuncia falsa, ante órgano judicial desde el mismo día de su presentación.
  • El cómputo se retomará desde la fecha en que se presentó dicha querella o denuncia siempre que hubiese recaído en ese plazo una resolución judicial firme de inadmisión a trámite de la denuncia o querella o por la que se acordara no dirigir el procedimiento contra la persona denunciada o querellada por el mencionado delito.

Así pues, el plazo para denunciar por denuncia falsa será de 1 o de 5 años, según la pena máxima correspondiente al delito de que te hayan acusado, y dicho plazo se pondrá en marcha en el momento que se haga oficial la acusación y denuncia falsa contra ti, con las posibilidades de interrupción o suspensión mencionadas.

Cómo solicitar una indemnización por denuncia falsa

Si te denuncian falsamente por unos hechos que no has cometido, lo primero que debes hacer es demostrar que no has cometido dicho delito y para ello te recomendamos acudir a un abogado penalista experto en denuncias falsas para que te pueda orientar y ayudar a reunir todas las pruebas posibles que demuestren tu inocencia.

Lo mismo en caso de que se procediera a tu detención, contacta inmediatamente con un abogado de confianza. Es importante que elijas bien a tu abogado, puesto que si no consigue ayudarte a demostrar la falta de veracidad de la denuncia contra ti, las consecuencias de que te imputen un delito que no has cometido pueden ser muy graves.

Dicho esto, debes saber que si te has encontrado en tal situación, o estás pasando por ella, estás en tu derecho de:

    Iniciar un proceso penal contra quien te acuso falsamente. En caso de tomar medidas por la vía penal, además de imponerse la correspondiente pena aparejada al delito tratado, nos indica el artículo 116 en su apartado primero que “Toda persona criminalmente responsable de un delito lo es también civilmente si del hecho se derivaren daños o perjuicios”. Simplemente pedir por vía civil indemnización por los daños y perjuicios causados por la denuncia falsa sin llegar a un proceso penal ni la imputación de delito por denuncia falsa a quien lo cometió.

El artículo 109 del Código Penal establece que:

  1. La ejecución de un hecho descrito por la ley como delito obliga a reparar, en los términos previstos en las leyes, los daños y perjuicios por él causados.
  2. El perjudicado podrá optar, en todo caso, por exigir la responsabilidad civil ante la Jurisdicción Civil.

En relación con este precepto, el artículo 110 nos indica que: “La responsabilidad establecida en el artículo anterior comprende:

  • La restitución.
  • La reparación del daño.
  • La indemnización de perjuicios materiales y morales.”

¿Necesitas un abogado especialista en denuncias falsas?

Contamos con auténticos profesionales del derecho penal en Castellón que se asegurarán de reclamar la indemnización correspondiente a tu caso debido al daño moral por denuncia falsa, y lucharán por conseguir la reparación de todos los daños y perjuicios que la denuncia falsa te haya ocasionado.
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