Para garantizar el cumplimiento de una orden de alejamiento, el Estado y las fuerzas de seguridad utilizan varios recursos, siendo el principal el uso de dispositivos electrónicos de seguimiento, como pulseras telemáticas. Estos dispositivos permiten controlar la ubicación del agresor en tiempo real y alertan a las autoridades en caso de que se acerque a la víctima.
Las fuerzas de seguridad, como la Policía Nacional y la Guardia Civil, también realizan controles periódicos para asegurarse de que la orden se cumple correctamente. Además, si la víctima informa de algún incumplimiento, las autoridades actúan rápidamente para proteger su seguridad.
Este sistema de vigilancia ha demostrado ser muy efectivo, especialmente en casos de violencia de género, donde el riesgo de reincidencia es elevado.
Herramientas para garantizar el cumplimiento de órdenes de alejamiento
El cumplimiento de las órdenes de alejamiento es fundamental para proteger a las víctimas y mantener la integridad de las medidas judiciales. Para ello, se implementan herramientas legales y soluciones prácticas que refuerzan la efectividad de estas medidas y aseguran la seguridad de quienes están en situación de vulnerabilidad.
1. Marco Legal
La regulación jurídica de la vigilancia de las órdenes de alejamiento se encuentra en el Código Penal y en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, específicamente en los siguientes artículos:
- Artículo 48.4 del Código Penal:
Este precepto establece que el juez o tribunal competente puede disponer el control de las medidas privativas de derechos a través de medios electrónicos o telemáticos. Estas medidas incluyen:- La prohibición de residir o acudir a determinados lugares.
- La prohibición de aproximarse a la víctima, a sus familiares o a otras personas designadas por el juez o tribunal.
- La prohibición de comunicarse con la víctima o con las personas determinadas por el juez o tribunal.
- Artículo 64.3 de la Ley Orgánica 1/2004:
En su segundo párrafo, este artículo indica que se podrá ordenar el uso de instrumentos tecnológicos adecuados para la verificación inmediata del incumplimiento de las órdenes de alejamiento.
2. Entidades responsables de la vigilancia de las Órdenes de Alejamiento
Para garantizar el cumplimiento de una Orden de Alejamiento, es fundamental conocer qué entidades son responsables de su vigilancia y cómo llevan a cabo esta labor. En este proceso intervienen dos actores principales:
- El sistema judicial, que tiene la potestad de establecer medidas de control mediante dispositivos electrónicos y la responsabilidad de analizar posibles incumplimientos, determinando las sanciones correspondientes.
- Los cuerpos de seguridad, como la Policía y la Guardia Civil, que reciben notificación inmediata de las órdenes emitidas por el juzgado y se encargan de supervisar su cumplimiento, además de actuar en caso de infracción.
Esta coordinación entre el ámbito judicial y las fuerzas de seguridad resulta clave para garantizar la protección de las víctimas y la eficacia de las medidas impuestas.
3. Métodos de vigilancia de una orden de alejamiento
Las fuerzas de seguridad emplean diversos métodos para garantizar la protección de las víctimas con una Orden de Alejamiento a su favor. Estas medidas tienen como objetivo prevenir cualquier intento de acercamiento por parte del agresor y actuar de manera inmediata en caso de incumplimiento.
A continuación, se detallan los principales mecanismos de vigilancia utilizados:
- Llamadas telefónicas a la víctima: Las autoridades realizan llamadas periódicas a la víctima para comprobar su bienestar y asegurarse de que el agresor respeta las restricciones impuestas por la orden.
- Visitas sorpresa: De manera regular, las fuerzas de seguridad efectúan visitas sin previo aviso en los lugares frecuentados por la víctima, como su domicilio o lugar de trabajo. Esta estrategia ayuda a detectar posibles incumplimientos y refuerza la protección de la víctima. Cuanto mayor sea el riesgo, más frecuentes serán estas visitas.
- Denuncia de incumplimiento: La víctima o cualquier persona conocedora de la orden de alejamiento puede alertar a las autoridades en caso de que se detecte una violación de la misma. La denuncia inmediata permite una intervención rápida y eficaz.
- Control con dispositivos tecnológicos: Se emplean dispositivos electrónicos, como pulseras telemáticas, que permiten un seguimiento constante del agresor y garantizan una respuesta inmediata ante cualquier intento de acercamiento o contacto no autorizado.
Gracias a la combinación de estos métodos, se fortalece la seguridad de la víctima y se refuerza el cumplimiento efectivo de las órdenes de alejamiento.
4. Tecnologías de vigilancia en una orden de alejamiento
Los dispositivos electrónicos son herramientas clave utilizadas por las fuerzas de seguridad del Estado para garantizar el cumplimiento efectivo de las Órdenes de Alejamiento. Gracias a esta tecnología, es posible realizar un seguimiento en tiempo real de la ubicación del encausado y recibir alertas inmediatas en caso de que se produzca un acercamiento a la víctima.
Estos dispositivos se emplean en casos de mayor riesgo para ofrecer una protección reforzada. A continuación, se detallan los dispositivos utilizados tanto para el encausado como para la víctima:
Dispositivos para los investigados/encausados/condenados
- Transmisor de Radiofrecuencia de corto alcance (BLE) VF-OT01:
Conocido comúnmente como «pulsera», este dispositivo se ajusta a la muñeca o al tobillo del encausado mediante una correa que detecta roturas o manipulaciones. Se conecta por Bluetooth al dispositivo móvil RSPT_01 para verificar su uso continuo. Además, funciona como un GPS que permite conocer la ubicación del portador en tiempo real. En caso de desconexión o acercamiento a la víctima, se activa una alerta inmediata. - Teléfono Móvil Inteligente RSPT_01 (DLI) para Control, Rastreo y Comunicación:
Es un dispositivo rugerizado que permite el seguimiento constante del encausado. Supervisa el funcionamiento del transmisor VF-OT01, registra los movimientos del portador y mantiene la conexión con el sistema de vigilancia. También cuenta con una aplicación de seguridad inalterable que genera alertas de manera autónoma en caso de incumplimiento.
Dispositivos para las víctimas
- Teléfono Móvil Inteligente RSPT_01 (DLV) para Control, Rastreo y Comunicación:
Similar al dispositivo asignado al encausado, este móvil permite a la víctima detectar si los dispositivos del agresor están dentro de un rango aproximado de 200 metros, independientemente de la distancia mínima establecida en la Orden. La función principal del dispositivo es alertar a la víctima mediante señales sonoras, visuales o por vibración si el encausado se acerca más de lo permitido. Además, dispone de un botón de emergencia que, al ser presionado, activa una llamada inmediata al contacto de emergencias predefinido.
El uso de estos dispositivos tecnológicos permite un control efectivo y una respuesta rápida ante posibles incumplimientos, reforzando así la seguridad de las víctimas y la aplicación de las Órdenes de Alejamiento.
5. Gestión de avisos y alarmas
Los sistemas electrónicos de vigilancia generan dos tipos de notificaciones para garantizar el cumplimiento de las Órdenes de Alejamiento y la seguridad de las víctimas. Estas notificaciones permiten una rápida intervención de las autoridades ante cualquier incidencia.
Tipos de avisos
- Alertas: Son notificaciones que indican situaciones de menor gravedad, como:
- Funcionamiento anormal del sistema sin interrupción del servicio.
- Acercamiento del investigado/encausado/condenado a la zona de exclusión.
- Activación del botón de pánico por parte de la víctima.
- Alarmas: Se generan ante incidencias graves que requieren intervención inmediata, como:
- Rotura o manipulación de la pulsera electrónica.
- Fallo en el funcionamiento de alguno de los dispositivos de control.
- Descarga completa de la batería del móvil asignado al investigado/encausado/condenado.
- Ingreso del encausado en la zona de exclusión establecida por la Orden de Alejamiento.
Ante cualquier incidencia, el sistema notificará de inmediato a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad competentes y se establecerá contacto con la víctima para garantizar su protección.
6. Cese del seguimiento y retirada del dispositivo de control
La medida solo podrá cesar mediante resolución judicial, la cual deberá ser comunicada en un plazo máximo de 24 horas a las autoridades competentes y de manera inmediata al sistema de seguimiento de los dispositivos de vigilancia. Una vez recibida la notificación, la empresa responsable de la instalación procederá a la retirada del dispositivo en un plazo máximo de 24 horas.
La retirada se realizará en la sede judicial, en una comisaría de Policía o en un puesto de la Guardia Civil. En el caso de la víctima, podrá elegir entre la sede judicial o la comisaría más cercana a su domicilio, y se tratará de respetar su preferencia en la medida de lo posible. Además, se evitará que coincida con la presencia del investigado/encausado/condenado para garantizar su seguridad.
Asimismo, la autoridad judicial podrá autorizar la retirada temporal de los dispositivos en casos de urgencia, siempre que lo considere necesario.