Delito apropiación indebida

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Delito apropiación indebida

Enfrentarse al delito de apropiación indebida puede ser abrumador, pero nuestros letrados están aquí para guiarte. Te brindarán una explicación clara y concisa sobre qué implica este delito, las penas correspondientes y todo lo que necesitas saber al respecto. No te quedes con dudas, confía en nuestros expertos legales para obtener la orientación que necesitas en este complejo asunto.

La apropiación indebida está tipificada como delito en el Código Penal (artículos 253 y 254). Consiste en que una persona, en razón de su cargo, profesión u oficio, se apropie de efectos, bienes muebles, fondos o valores que le han sido confiados temporalmente, causando un perjuicio económico a quien se los confió o negando haberlos recibido.

Este delito abarca tanto situaciones laborales como otros escenarios. Es fundamental que exista un perjuicio económico para considerarlo. Si te enfrentas a un caso de apropiación indebida, nuestros abogados en Castellón te brindarán la asesoría legal necesaria y te acompañarán en el proceso para buscar justicia y proteger tus derechos.

Por lo tanto, podemos observar que la apropiación indebida implica una violación a la confianza depositada en la persona que realiza dicha apropiación, ya sea por su posición de administrador, empleado, tutor legal u otra relación en la que se le confía la custodia o gestión de bienes o fondos.

Penas por apropiación indebida

El tipo básico de este delito (artículo 253) nos remite en cuestión de penas, por analogía, a las establecidas por los artículos 248 y 250 CP, según corresponda y salvo que el delito cometido ya se halle penado con mayor gravedad en otro precepto distinto del Códio Penal, en los cuales se establece:

  • Pena de prisión de 6 meses a 3 años (atendiendo a las circunstancias dadas).
  • Pena de prisión de 1 a 6 años y pena de multa de 6 a 12 meses cuando se de alguno de los requisitos del artículo 250.

Este delito cuenta, además, con una modalidad agravada y una modalidad atenuada:

  • Atenuada: En cualquier caso, cuando el valor de lo apropiado no supere los 400€, se estará ante un delito leve de apropiación indebida y la pena se rebajará a multa de 1 a 3 meses.
  • Agravada: Cuando concurran las circunstancias establecidas en el artículo 250.2, o que el valor de lo apropiado supere los 250.000€, la pena ascenderá a prisión de 4 a 8 años y multa de 12 a 24 meses.

Nos encontramos también con el tipo especial del artículo 254, que impone las siguientes penas:

  • Multa de 3 a 6 meses, cuando la apropiación sea sobre cosas muebles ajenas en los supuestos no contemplados en el artículo 253 del código penal.
  • Prisión de 6 meses a 2 años cuandolo apropiado indebidamente sea una cosa con valor artístico, histórico, cultural o científico.

Este tipo cuenta, también, con una modalidad atenuada (delito leve), en caso de que el valor de lo apropiado no supere los 400€, castigada con 1 a 2 meses de multa.

Requisitos del delito de apropiación indebida

Para que se considere que nos hallamos ante un delito de apropiación indebida, en España, deben darse los siguientes requisitos establecidos por la jurisprudencia:
  1. Apropiación: La persona que comete el delito debe tener bajo su poder o responsabilidad bienes, efectos o valores que le han sido confiados. Es decir, debe existir una relación de confianza y una entrega de dichos bienes o fondos a la persona en cuestión.
  2. Indebidez: La apropiación debe ser contraria a la voluntad o a las condiciones establecidas por el propietario legítimo de los bienes o fondos. Esto es, que, la persona se apropia de los mismos sin el derecho o la autorización para hacerlo.
  3. Perjuicio económico: La apropiación indebida debe causar un perjuicio económico a otra persona (víctima del delito), es decir, debe existir un menoscabo patrimonial como consecuencia de la apropiación.
  4. Ánimo de lucro: El acusado debe actuar con la intención de obtener un beneficio propio o de terceros. El ánimo de lucro es un elemento esencial para la configuración del delito.

Ejemplos de apropiación indebida.

Algunos de los ejemplos de apropiación indebida con que podemos cruzarnos son los siguientes:

  1.  Un empleado de una empresa utiliza su posición para desviar fondos de la compañía a su cuenta personal sin permiso o justificación.
  2. Un contable manipula los registros contables de una organización para transferir dinero a su propia cuenta bancaria.
  3. Un administrador de propiedades cobra el alquiler de los inquilinos pero no informa a los propietarios y se apropia del dinero para su beneficio personal.
  4. Prestar un objeto o un bien a alguien durante un tiempo acordado, y cuando llega el momento de solicitarlo esa persona no lo devuelve y se lo queda como si fuese suyo, apropiándoselo finalmente.
  5. Un profesional de la salud presenta reclamaciones fraudulentas a una compañía de seguros, cobrando por servicios que nunca se proporcionaron.
  6. Un fiduciario o albacea de un testamento utiliza los fondos o bienes del fideicomiso o la herencia para beneficio personal, en lugar de distribuirlos según las instrucciones del testador.
  7. Un empleado de una organización sin fines de lucro se apropia de donaciones o fondos destinados a proyectos benéficos para su propio beneficio.

Cuándo denunciar y cómo probar una apropiación indebida

Si hay la más mínima sospecha o evidencia de que se ha cometido un delito de apropiación indebida, es importante denunciarlo ante las autoridades competentes o presentar una denuncia ante el juzgado correspondiente.

Para probar una apropiación indebida, es necesario recopilar evidencias a respecto, como: documentos, registros contables, contratos, testimonios de testigos, correos electrónicos u otros elementos que demuestren dicha apropiación indebida y el perjuicio económico causado.

Diferencia entre administración desleal y apropiación indebida

No se debe confundir la apropiación indebida con la administración desleal, pues, si bien pueden tener alguna similitud, hay diferencias fundamentales entre ambos delitos.

Mientras que en la administración desleal nos encontramos con un administrador o gestor que, en el ejercicio de sus funciones, actúa en perjuicio de la entidad o de los intereses que representa, con ánimo de obtener un beneficio propio o de terceros, no se requiere pues una apropiación directa de los bienes o fondos, sino que se produce un perjuicio mediante acciones desleales o abuso de funciones.

En la apropiación indebida se da una apropiación directa de bienes o fondos que han sido confiados a la persona, causando un perjuicio económico a quien los confió.

Asistencia del abogado por delito apropiación indebida

Se recomienda contar con el asesoramiento de un abogado especializado en Derecho Penal para garantizar que el procedimiento se lleve a cabo de la forma correcta.

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